Edición de «Prácticas en el ámbito fiscal»

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Esta práctica, heredada de {{puntoorigen|nulidaddeplenoderecho|la legalidad durante la dictadura}}, salvaguarda la posición de las administraciones tributarias y las incentiva a que recurran sin fin cualquier reclamación de un contribuyente, hasta que a este le cueste más dinero y esfuerzo reclamar justicia que avenirse a una exigencia ilegal, en una suerte de '''chantaje tributario'''.
Esta práctica, heredada de {{puntoorigen|nulidaddeplenoderecho|la legalidad durante la dictadura}}, salvaguarda la posición de las administraciones tributarias y las incentiva a que recurran sin fin cualquier reclamación de un contribuyente, hasta que a este le cueste más dinero y esfuerzo reclamar justicia que avenirse a una exigencia ilegal, en una suerte de '''chantaje tributario'''.
Vemos ejemplos de esta práctica en los votos particulares de las Sentencias del Tribunal Constitucional sobre el {{puntoorigen|sentenciaobras|impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras}} en relación con determinadas obras en la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre una {{puntoorigen|sentenciasociedades|reforma del impuesto de sociedades}}, respecto al {{puntoorigen|sentenciaterritoriocomun|impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana}} en territorio común, {{puntoorigen|sentenciaguipuzcoa|en Guipúzcoa}}, y {{puntoorigen|sentencianavarra|en Navarra}} con anterioridad, o sobre {{puntoorigen|sentenciagalicia|los recargos e intereses}} sobre liquidaciones de impuestos que no pueden ser discutidos por el contribuyente.
Vemos ejemplos de esta práctica en los votos particulares de las Sentencias del Tribunal Constitucional sobre el {{puntoorigen|sentenciaobras|impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras}} en relación con determinadas obras en la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre el {{puntoorigen|sentenciasociedades|reforma del impuesto de sociedades}}, respecto al {{puntoorigen|sentenciaterritoriocomun|impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana}} en territorio común, {{puntoorigen|sentenciaguipuzcoa|en Guipúzcoa}}, y {{puntoorigen|sentencianavarra|en Navarra}} con anterioridad, o sobre {{puntoorigen|sentenciagalicia|los recargos e intereses}} sobre liquidaciones de impuestos que no pueden ser discutidos por el contribuyente.


= Comparaciones con estructuras mafiosas =
= Comparaciones con estructuras mafiosas =
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