Diferencia entre revisiones de «Prácticas en el ámbito fiscal»
(No se muestran 18 ediciones intermedias de 2 usuarios) | |||
Línea 1: | Línea 1: | ||
Diversos indicios y actuaciones recientes han reavivado el debate sobre la existencia de prácticas sistemáticas de corrupción dentro del aparato fiscal del Estado español. Las denuncias apuntan a una estructura paralela de poder que actuaría mediante coacción institucional, chantaje económico y abuso de autoridad, en especial desde ciertos órganos administrativos con poder sancionador. | Diversos indicios y actuaciones recientes han reavivado el debate sobre la existencia de prácticas sistemáticas de corrupción dentro del aparato fiscal del Estado español. Las denuncias apuntan a una estructura paralela de poder que actuaría mediante coacción institucional, chantaje económico y abuso de autoridad, en especial desde ciertos órganos administrativos con poder sancionador. | ||
La verdad es que el sistema de multas, faltas, fiscalización y posición predominante por parte de las administraciones (local, autonómica o estatal) son un mecanismo paralelo a la administración de Justicia, donde si se pretenden observar las garantías legales en el encausamiento: presunción de inocencia, derecho a la defensa, presentación de pruebas, valoración por parte de expertos, igualdad en la posición de administración y administrado, etc. Los métodos de la Agencia Tributaria en concreto presentan mucho más control y más presión que otras administraciones. Una explicación cómica es el vídeo siguiente que, aunque en inglés, nos muestra que a la AT sólo le valen sus datos, pero espera a que los ciudadanos hagan el IRPF y además que acierten en sus cálculos (por lo menos por exceso, porque una declaración por defecto también les hace saltar las alarmas): [https://youtube.com/ | La verdad es que el sistema de multas, faltas, fiscalización y posición predominante por parte de las administraciones (local, autonómica o estatal) son un mecanismo paralelo a la administración de Justicia, donde si se pretenden observar las garantías legales en el encausamiento: presunción de inocencia, derecho a la defensa, presentación de pruebas, valoración por parte de expertos, igualdad en la posición de administración y administrado, etc. Los métodos de la Agencia Tributaria en concreto presentan mucho más control y más presión que otras administraciones. Una explicación cómica es el vídeo siguiente que, aunque en inglés, nos muestra que a la AT sólo le valen sus datos, pero espera a que los ciudadanos hagan el IRPF y además que acierten en sus cálculos (por lo menos por exceso, porque una declaración por defecto también les hace saltar las alarmas): [https://youtube.com/watch?v=5eVV17qxsso Why Arabs hate taxes]. | ||
En España han sido conocidos casos de deportistas que se encaran a las decisiones de Hacienda mediante procesos largos y costosos (futbolistas, tenistas, esquiadores) o recientemente creadores de contenido que deciden exiliarse fiscalemente a Andorra, Portugal o Chipre (y que reciben campañas de acoso mediático, con publicidad institucional incluída), pero no todos los administrados poseen la misma capacidad económica, resitencia psicológica y prestigio para aguantarlo. | En España han sido conocidos casos de deportistas que se encaran a las decisiones de Hacienda mediante procesos largos y costosos (futbolistas, tenistas, esquiadores) o recientemente creadores de contenido que deciden exiliarse fiscalemente a Andorra, Portugal o Chipre (y que reciben campañas de acoso mediático, con publicidad institucional incluída), pero no todos los administrados poseen la misma capacidad económica, resitencia psicológica y prestigio para aguantarlo. | ||
= Instituciones con prácticas coercitivas | = Instituciones con prácticas coercitivas = | ||
== Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) == | == Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) == | ||
El '''Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC)''', órgano de máxima autoridad administrativa en la resolución de litigios fiscales, ha estado en el centro de una controversia por la actuación de su presidente, José Antonio Marco, quien también ocupaba un alto cargo en el Ministerio de Hacienda. | El '''Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC)''', órgano de máxima autoridad administrativa en la resolución de litigios fiscales, ha estado en el centro de una controversia por la actuación de su presidente, [[José Antonio Marco]], quien también ocupaba un alto cargo en el Ministerio de Hacienda. | ||
Se ha denunciado que, tras actuaciones iniciadas por inspectores de Hacienda contra empresas, terceras personas ajenas al procedimiento oficial contactaban con los afectados para ofrecer "soluciones" a cambio de pagos indebidos. Este tipo de conductas podría configurarse como una red de extorsión, utilizando recursos del Estado para generar un problema fiscal que luego se "resuelve" mediante el pago de sobornos. | Se ha denunciado que, tras actuaciones iniciadas por inspectores de Hacienda contra empresas, terceras personas ajenas al procedimiento oficial contactaban con los afectados para ofrecer "soluciones" a cambio de pagos indebidos. Este tipo de conductas podría configurarse como una red de extorsión, utilizando recursos del Estado para generar un problema fiscal que luego se "resuelve" mediante el pago de sobornos. | ||
== Agencia Tributaria == | == Agencia Tributaria == | ||
La '''Agencia Tributaria''' ha sido objeto de críticas tanto internas como externas por su actitud coercitiva frente a los contribuyentes. En España, el procedimiento fiscal obliga al sancionado a ''pagar por adelantado'', incluso antes de agotar las vías de recurso, lo que otorga al poder fiscal un control desproporcionado. Este modelo con dinámicas de coacción institucional ha derivado en demandas internacionales, | La '''Agencia Tributaria''' ha sido objeto de críticas tanto internas como externas por su actitud coercitiva frente a los contribuyentes. En España, el procedimiento fiscal obliga al sancionado a ''pagar por adelantado'', incluso antes de agotar las vías de recurso, lo que otorga al poder fiscal un control desproporcionado. Este modelo con dinámicas de coacción institucional ha derivado en demandas internacionales, como las impulsadas por bufetes estadounidenses<ref>{{cita web | ||
|url=https://melillahoy.es/un-despacho-americano-desafia-a-hacienda-jamas-hemos-visto-una-agencia-tributaria-que-se-comporte-tan-al-margen-de-la-ley | |||
|title=Un despacho americano desafía a Hacienda: «Jamás hemos visto una Agencia Tributaria que se comporte tan al margen de la ley» | |||
|work=MelillaHoy | |||
|author=Redacción | |||
|publishyear=2025-05-13 | |||
|accessyear=2025-06-13}}</ref><ref>{{cita web | |||
|url=https://www.vozpopuli.com/legal/el-bufete-internacional-que-desafia-a-hacienda-denuncia-inspecciones-politicas-como-al-novio-de-ayuso.html | |||
|title=El bufete internacional que desafía a Hacienda denuncia "inspecciones políticas" como al novio de Ayuso | |||
|work= Vozpópuli | |||
|author=Serraller, Mercedes | |||
|publishyear=2025-05-07 | |||
|accessyear=2025-06-13}}</ref><ref>{{cita web | |||
|url=https://esradio.libertaddigital.com/con-animo-de-lucro/2025-04-30/el-bufete-que-combatira-los-abusos-de-hacienda-7248917/ | |||
|title=Con Ánimo de Lucro: El bufete que combatirá los abusos de Hacienda - esRadio | |||
|work= esradio (Liberdad Digital) | |||
|author=Quintero, Luis Fernando (Con ánimo de lucro) | |||
|publishyear=2025-04-30 | |||
|accessyear=2025-06-13}}</ref><ref>{{cita web | |||
|URL=https://www.libremercado.com/2025-04-30/el-despacho-que-desafia-a-hacienda-jamas-hemos-visto-una-agencia-tributaria-que-se-comporte-tan-al-margen-de-la-ley-7248876/ | |||
|title=El despacho que desafía a Hacienda: "Jamás hemos visto una Agencia Tributaria que se comporte tan al margen de la ley" | |||
|work=Libre Mercado | |||
|author=Quintero, Luis F. & Folguera Agra, Rubén | |||
|publishyear=2025-04-30 | |||
|accessyear=2025-06-10}}</ref> que consideran estas prácticas abusivas y contrarias al Estado de derecho. | |||
El caso ha tenido repercusión parlamentaria. Se ha cuestionado la idoneidad de mantener en funciones a responsables que, según las acusaciones, habrían beneficiado a determinadas empresas a cambio de pagos, generando un profundo descrédito institucional. Incluso partidos tradicionalmente alineados con la administración como el PP {{puntoorigen|eldebate|han solicitado explicaciones formales al gobierno}}. | El caso ha tenido repercusión parlamentaria. Se ha cuestionado la idoneidad de mantener en funciones a responsables que, según las acusaciones, habrían beneficiado a determinadas empresas a cambio de pagos, generando un profundo descrédito institucional. Incluso partidos tradicionalmente alineados con la administración como el PP {{puntoorigen|eldebate|han solicitado explicaciones formales al gobierno}}. | ||
== Ayuntamientos == | |||
Tampoco las administraciones más pequeñas y supuestamente cercanas al ciudadano se abstienen de prácticas mafiosas, como pueda ser el pleitear las reclamaciones de los contribuyentes ante liquidaciones fiscales incorrectas o ilegales. Valga el reciente ejemplo del '''Ayuntamiento''' de Zizur Mayor, en Navarra, que ha obligado a un contribuyente a pelear en los tribunales durante una década unas liquidaciones por el Impuesto sobre el INCREMENTO del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) que, al menos durante los últimos ocho años, iban a ser {{puntoorigen|sentenciaconstitucional|previsiblemente declaradas inconstitucionales}}. Todo ello independientemente de qué alcalde o partido dominase la Corporación Municipal. | |||
== Tribunal Constitucional == | |||
El '''Tribunal Constitucional''', la más alta instancia que comprueba que las normas y prácticas legales se atengan a los principios constitucionales, no está exento de polémicas fiscales. Pese a los recurrentes votos particulares en contra de algunos de los ponentes, las sentencias impiden reclamar o revisar aquellas liquidaciones de impuestos que, basadas en normas declaradas inconstitucionales, y por lo tanto ilegales, no sigan siendo objeto de disputa en el momento de emitirse dicha sentencia. Según el propio tribunal, toma esta postura “por exigencias del principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE)”, obviando que no pueden ser legales las consecuencias de un precepto ilegal, y castigando particularmente a los administrados que no tengan la fortaleza y los recursos económicos para pleitear durante años. | |||
Esta práctica, heredada de {{puntoorigen|nulidaddeplenoderecho|la legalidad durante la dictadura}}, salvaguarda la posición de las administraciones tributarias y las incentiva a que recurran sin fin cualquier reclamación de un contribuyente, hasta que a este le cueste más dinero y esfuerzo reclamar justicia que avenirse a una exigencia ilegal, en una suerte de '''chantaje tributario'''. | |||
Vemos ejemplos de esta práctica en los votos particulares de las Sentencias del Tribunal Constitucional sobre el {{puntoorigen|sentenciaobras|impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras}} en relación con determinadas obras en la Comunidad Autónoma de Canarias, sobre una {{puntoorigen|sentenciasociedades|reforma del impuesto de sociedades}}, respecto al {{puntoorigen|sentenciaterritoriocomun|impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana}} en territorio común, {{puntoorigen|sentenciaguipuzcoa|en Guipúzcoa}}, y {{puntoorigen|sentencianavarra|en Navarra}} con anterioridad, o sobre {{puntoorigen|sentenciagalicia|los recargos e intereses}} sobre liquidaciones de impuestos que no pueden ser discutidos por el contribuyente. | |||
= Comparaciones con estructuras mafiosas = | = Comparaciones con estructuras mafiosas = | ||
Línea 21: | Línea 54: | ||
Las consecuencias de estas prácticas trascienden lo meramente jurídico y expanden su impacto al ámbito económico y social. Empresas sometidas a estas presiones ven comprometida su viabilidad financiera, lo que afecta directamente al empleo y al tejido productivo nacional. En muchos casos, los pagos ilegales no sólo representan una carga económica adicional, sino que introducen un riesgo permanente de colapso empresarial. | Las consecuencias de estas prácticas trascienden lo meramente jurídico y expanden su impacto al ámbito económico y social. Empresas sometidas a estas presiones ven comprometida su viabilidad financiera, lo que afecta directamente al empleo y al tejido productivo nacional. En muchos casos, los pagos ilegales no sólo representan una carga económica adicional, sino que introducen un riesgo permanente de colapso empresarial. | ||
= Destino de los ingresos estatales = | |||
== Tipos de ingresos: redistribuídos o finalistas == | |||
En el ámbito fiscal se distinguen dos tipos de ingresos. | |||
== El caso de las vías de transporte == | |||
= Conclusiones y otras narrativas = | = Conclusiones y otras narrativas = | ||
La acumulación de denuncias, las similitudes estructurales con modelos mafiosos y la inacción institucional sostenida han llevado a plantear si el problema va más allá de casos aislados y se trata, en realidad, de una forma sistémica de corrupción estructural. La dicotomía entre democracia y mafia podría ser insuficiente para describir la magnitud del problema. Se plantea así la necesidad urgente de una reforma profunda, acompañada de transparencia, rendición de cuentas y sanciones efectivas contra quienes se valen del poder público para beneficio personal o político. | La acumulación de denuncias, las similitudes estructurales con modelos mafiosos y la inacción institucional sostenida han llevado a plantear si el problema va más allá de casos aislados y se trata, en realidad, de una forma sistémica de corrupción estructural. La dicotomía entre democracia y mafia podría ser insuficiente para describir la magnitud del problema. Se plantea así la necesidad urgente de una reforma profunda, acompañada de transparencia, rendición de cuentas y sanciones efectivas contra quienes se valen del poder público para beneficio personal o político. | ||
Todo esto contrasta con la narrativa oficial de que los impuestos son necesarios y progresivos. El afán recaudatorio del Estado, acrecentado con el gobierno socialista, y especialmente con los trabajadores por cuenta propia, autónomos y profesiones liberales, lastra la economía. Por otra parte, cuando se analiza junto el añadido habitual de la retórica de que los impuestos se destinan al cuarteto del bienestar (hospitales, pensiones, escuelas y carreteras), podemos comprobar por una parte el desvío de ese dinero proveniente de impuestos, por otra el uso espúreo para fines que nada tienen que ver con la política social y por último la | Todo esto contrasta con la narrativa oficial de que los impuestos son necesarios y progresivos. El afán predatorio y recaudatorio del Estado, acrecentado con el gobierno socialista, y especialmente con los trabajadores por cuenta propia, autónomos y profesiones liberales, lastra la economía. Por otra parte, cuando se analiza junto el añadido habitual de la retórica de que los impuestos se destinan al cuarteto del bienestar (hospitales, pensiones, escuelas y carreteras), podemos comprobar por una parte el desvío de ese dinero proveniente de impuestos, por otra el uso espúreo para fines que nada tienen que ver con la política social y por último la incapacidad de alcanzar otras necesidades ciudadanas frente a las que el Estado está supuestamente destinado a actuar (volcán de La Palma, riada de Valencia, apagón, enfermos de ELA). | ||
= Fuentes = | = Fuentes = | ||
* {{cita web|url=https://www.youtube.com/watch?v=4Nxi2X9Ok_g|title=🤢細 EL NUEVO CASO DE CORRUPCION EN HACIENDA SUPERA A TODO LO CONOCIDO EN EL PSOE|publishyear=2025-06-09|accessdate=2025-06-10|author=La cara oculta de la luna (veterinario Manel)|work=Canal de YouTube}} | * {{cita web|url=https://www.youtube.com/watch?v=4Nxi2X9Ok_g|title=🤢細 EL NUEVO CASO DE CORRUPCION EN HACIENDA SUPERA A TODO LO CONOCIDO EN EL PSOE|publishyear=2025-06-09|accessdate=2025-06-10|author=La cara oculta de la luna (veterinario Manel)|work=Canal de YouTube}} | ||
* {{puntodestino|eldebate}}{{cita web|URL=https://www.eldebate.com/espana/20250606/pp-exige-tres-montero-explique-congreso-cobra-empresarios-anula-sanciones-hacienda_304518.html|title=El PP exige que el 'tres' de Montero explique en el Congreso por qué cobra de empresarios a los que anula sanciones de Hacienda|work=El Debate|author=Entrambasaguas, Alejandro|accessdate=2025-06-10|publishyear=2025-06-06}} | * {{puntodestino|eldebate}}{{cita web|URL=https://www.eldebate.com/espana/20250606/pp-exige-tres-montero-explique-congreso-cobra-empresarios-anula-sanciones-hacienda_304518.html|title=El PP exige que el 'tres' de Montero explique en el Congreso por qué cobra de empresarios a los que anula sanciones de Hacienda|work=El Debate|author=Entrambasaguas, Alejandro|accessdate=2025-06-10|publishyear=2025-06-06}} | ||
* {{puntodestino| | * {{puntodestino|sentenciaconstitucional}}{{cita web|URL=https://hj.tribunalconstitucional.es/HJ/es/Resolucion/Show/31507|title=SENTENCIA 98/2025 del Tribunal Constitucional, de 28 de abril de 2025, publicada en el BOE núm. 135, de 05 de junio de 2025|work=Buscador de jurisprudencia constitucional|author=|publishyear=2025-04-30|accessyear=2025-06-10}} | ||
* {{puntodestino|nulidaddeplenoderecho}}{{cita web|URL=https://www.cepc.gob.es/sites/default/files/2021-12/232801983100-1021003.pdf|title=GRADOS DE ILEGALIDAD DEL ACTO ADMINISTRATIVO|work=Centro de Estudios Políticos y Constitucionales|author=JOSÉ MABÍA BOQUERA OLIVER, Catedrático de la Universidad de Valencia|publishyear=1983-12-31|accessyear=2025-06-10}} | |||
* {{puntodestino|sentenciaobras}}{{cita web|URL=http://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/29110|title=SENTENCIA 133/2022 del Tribunal Constitucional, de 25 de octubre de 2022, publicada en el BOE núm. 288, de 01 de diciembre de 2022|work=Buscador de jurisprudencia constitucional|author=|publishyear=2025-04-30|accessyear=2025-06-10}} | |||
* {{puntodestino|sentenciasociedades}}{{cita web|URL=http://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/30070|title=SENTENCIA 11/2024 del Tribunal Constitucional, de de 18 de enero de 2024, publicada en el BOE núm. 45, de 20 de febrero de 2024|work=Buscador de jurisprudencia constitucional|author=|publishyear=2025-04-30|accessyear=2025-06-10}} | |||
* {{puntodestino|sentenciaguipuzcoa}}{{cita web|URL=http://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/30070|title=SENTENCIA 46/2024 del Tribunal Constitucional, de 12 de marzo de 2024, publicada en el BOE núm. 99, de 23 de abril de 2024|work=Buscador de jurisprudencia constitucional|author=|publishyear=2025-04-30|accessyear=2025-06-10}} | |||
* {{puntodestino|sentenciaterritoriocomun}}{{cita web|URL=https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/26840|title=SENTENCIA 182/2021 del Tribunal Constitucional, de 26 de octubre de 2021, publicada en el BOE núm. 282, de 25 de noviembre de 2021|work=Buscador de jurisprudencia constitucional|author=|publishyear=2025-04-30|accessyear=2025-06-10}} | |||
* {{puntodestino|sentencianavarra}}{{cita web|URL=https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/26840|title=SENTENCIA 44/2019 del Tribunal Constitucional, de 27 de marzo de 2019, publicada en el BOE núm. 99, de 25 de abril de 2019|work=Buscador de jurisprudencia constitucional|author=|publishyear=2025-04-30|accessyear=2025-06-10}} | |||
* {{puntodestino|sentenciagalicia}}{{cita web|URL=https://hj.tribunalconstitucional.es/es-ES/Resolucion/Show/6821|title=SENTENCIA 39/2011 del Tribunal Constitucional, de 31 de marzo de 2011, publicada en el BOE núm. 101, de 28 de abril de 2011|work=Buscador de jurisprudencia constitucional|author=|publishyear=2025-04-30|accessyear=2025-06-10}} | |||
= Notas = | |||
<references/> | |||
= Otras páginas = | = Otras páginas = | ||
* [[puestines y perruques]] | * [[puestines y perruques]] | ||
[[categoría:Casos]] | [[categoría:Casos|fiscal]] |